El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana ha recibido notificación de la propuesta de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial, de la Secretaría General Técnica del Gobierno de Canarias, en la que se propone aprobar la Memoria Ambiental del Plan General de Ordenación Supletorio del municipio +y que está previsto aparezca en el Boletín Oficial.
No obstante, esta propuesta está condicionada a que se subsanen varias deficiencias, respecto a cuestiones procedimentales. Se debe incluir el registro de entrada de la solicitud del informe al Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Una vez se defina el modelo de ordenación se deberá modificar el informe de sostenibilidad ambiental elaborado y proponer la corrección de la Memoria Ambiental.
En cuanto a las cuestiones sustantivas territoriales y urbanísticas del documento se aboga por criterios y objetivos, en virtud de lo establecido en el articulado del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias. El informe condicionado pretende se subsane la propuesta de clasificación y categorización del suelo correspondiente al Plan Parcial Salobre Golf, donde se deberá justificar si los terrenos han sido efectivamente urbanizados de conformidad con sus determinaciones… También habrá que justificar que los aprovechamientos asignados por el planeamiento al conjunto de las diversas categorías de suelo urbanizable son los precisos para atender los razonables crecimientos…
CONDICIONES TOPOGRÁFICAS Y APARTADO PARA EL MODELO TURÍSTICO
Además, se justificará que las condiciones topográficas de los terrenos no impidan la continuidad física de la trama viaria del crecimiento a espacios vacantes… Y, finalmente, la delimitación del área singular destinada a infraestructura de residuos, que debe tener una distancia mínima de 500 metros respecto al núcleo de Juan Grande, entre otros aspectos a los que se ha tenido acceso.
En lo que respecta al modelo turístico, la memoria de ordenación del documento de aprobación inicial del PGOs deberá contener un apartado que exponga el modelo turístico propuesto por el Plan, en relación a los objetivos considerados en la estrategia urbanística para uno de los municipios turísticos más importantes. También se deberán justificar aspectos de la ordenación urbanística propios del alcance del PGO de las áreas destinadas a uso turístico, así como la definición de la estructura de las zonas turísticas, atendiendo a la legislación específica y a los elementos y criterios contenidos en la DOT 9.
Otros aspectos aludidos en el documento notificado al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana hacen alusión al equipamiento de ocio recreativo en Lomo Gordo; el cumplimiento de las determinaciones del Plan Territorial Especial de Ordenación Turística Insular de la isla de Gran Canaria; los equipamientos turísticos complementarios de mayor impacto territorial, y la reserva de terreno para suelo industrial, sustitución de las actividades nocivas, peligrosas e insalubres, entre otros apartados.