San Bartolomé de Tirajana

EL AYUNTAMIENTO Y LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD INTERCAMBIARÁN INFORMACIÓN URBANÍSTICA MUNICIPAL

El Ayuntamiento y los Registros de la Propiedad números 1 y 2 de San Bartolomé de Tirajana ratificarán un protocolo de intercambio electrónico de información urbanística para agilizar y mejorar la eficiencia

El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana y los Registros de la Propiedad números 1 y 2 que desarrollan su actividad administrativa e hipotecaria en este municipio han acordado la firma de un convenio protocolizado de colaboración para intercambiar información de naturaleza urbanística.

El convenio, que deberá ser ratificado por el alcalde Marco Aurelio Pérez Sánchez y los titulares de ambos registros, Aitana Hernández García y Diego Hermoso Mesa, fue sometido el pasado viernes a la valoración y aprobación del pleno de la Corporación Municipal, que lo apoyó de forma unánime.

La suscripción de este convenio, sin ningún coste económico para las partes, está encaminada a agilizar y mejorar la eficiencia de la gestión pública del Ayuntamiento y de los dos registros, pues su objetivo es que los tres organismos se faciliten mutuamente la información electrónica documental que precisen a la hora de instruir expedientes de contenido urbanístico y medioambiental.

Marco Aurelio Pérez explicó que por medio de este convenio-protocolo el Ayuntamiento tendrá acceso a una base de datos específica de los registradores de la propiedad sobre las inscripciones urbanísticas y, a su vez, los Registros podrán acceder a los planes urbanísticos municipales y a los planos de las edificaciones archivados en el Ayuntamiento.

Con este acuerdo, el Consistorio y los Registros cumplen con el artículo 28 del Texto Refundido de la Ley Estatal del Suelo recogido en el Real Decreto Ley 7/2015 de 30 de octubre, y el artículo 38 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas y con la Ley 13/2015 de reforma de la Ley Hipotecaria.

El protocolo establece la obligación de los Registros de la Propiedad de comunicar al Ayuntamiento los datos y documentos relativos a posibles prescripciones o infracciones que permitan decidir sobre la apertura de expedientes sancionadores y ejercer la defensa del patrimonio municipal, y comunicar también los supuestos de deslinde tramitados conforme al articulo 206 de la Ley Hipotecaria en los que pudiera estar afectada alguna finca o territorio que forme parte del dominio público o del patrimonio municipal.

Por su parte, el Ayuntamiento facilitará a los Registradores el acceso al servicio de mapas web de todos los planes urbanísticos generales y de desarrollo, debidamente georeferenciados y metadatados, así como a sus modificaciones aprobadas definitivamente. También se compromete a ceder a los Registros los planos de las plantas de los edificios que se encuentren archivados en el Archivo Municipal como parte de los expedientes urbanísticos. Esto permitirá que los vecinos en los trámites de licencias puedan incorporar las descripciones gráficas de los inmuebles-edificaciones urbanas.

Inspección tributaria

El Ayuntamiento y los dos Registros de la Propiedad de este municipio ya entablaron a finales de julio del año 2013 otro convenio de colaboración destinado a la aplicación del artículo 254.5 de la Ley Hipotecaria, que impide que los Registros practiquen la inscripción de cualquier documento que contenga la obligación tributaria del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, y no acredite su pago o liquidación.

Aquel primer convenio permitió potenciar los servicios de inspección tributaria municipal al garantizar la correcta inscripción de las fincas, porque hasta entonces el Ayuntamiento carecía de la información inmobiliaria competencia de los Registros de la Propiedad, y eso provocaba que por incumplimiento voluntario o involuntario de los contribuyentes de sus obligaciones tributarias, el Ayuntamiento no recaudara la totalidad de las cantidades vinculadas al impuesto de las plusvalías.


 

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