Villa de Santa Brigida

LOS SERVICIOS MUNICIPALES DETECTAN MÁS DE 30 VERTIDOS DE PODA QUE VULNERAN LA ORDENANZA DE LIMPIEZA

Los residuos vegetales y restos procedentes de la poda no tienen la consideración de residuos domésticos, por lo que sólo pueden ser vertidos en los contenedores domiciliarios de fracción resto (destinados a residuos que

Al ser el municipio una vega fértil, agrícola y residencial, los volúmenes de poda de vegetación deben ser vertidos de forma controlada para lo cual se dispone de servicios gratuitos que pueden ser solicitados por la población.
Debido al tamaño, forma y consistencia de estos residuos (sobre todo los restos de la poda de árboles y arbustos), verterlos en un contenedor reduciría su capacidad y daría lugar a situaciones de desbordamiento, con los inconvenientes que ello produce.
Además, este tipo de residuos podría provocar averías en el mecanismo compactador de los vehículos recolectores, provocando la merma del servicio y el consiguiente coste para la población satauteña.
La poda de palmeras ha de ser realizada por una empresa o persona acreditada por Sanidad Vegetal del Gobierno de Canarias y los restos tienen que ser retirados por quien realice la poda o lleve a cabo la recogida de material vegetal de palmáceas. Además se ha de solicitar previamente autorización en el Ayuntamiento.
Qué hacer con la poda doméstica
Existen varias opciones para deshacerse de estos residuos, comenzando por acudir al Punto Limpio del Batán. Los puntos limpios son instalaciones adecuadamente equipadas donde se reciben, previamente seleccionados por la ciudadanía, aquellos residuos domésticos que por su volumen o toxicidad no pueden ser depositados en los contenedores de la vía pública, para su posterior reutilización, reciclado o valorización.
La segunda opción es utilizar el servicio municipal de recogida de podas. Para ello basta con acudir a la Concejalía de Limpieza y solicite una bañera. Le explicarán cómo y cuándo tiene que depositar la poda y harán la gestión pertinente con el Servicio correspondiente.
Verter poda de forma incontrolada conlleva sanción
Sin perjuicio de la legislación autonómica y básica del Estado en materia de residuos, los vertidos de poda constituyen una infracción leve, y las multas hasta 750 euros. Para otro tipo de vertidos las sanciones pueden ascender hasta 3000 euros, tal como recoge la Ordenanza Municipal Reguladora de la Limpieza de los Espacios Públicos y Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos (BOP nº 70, 31 de mayo de 2010) a la que puede acceder a través de la web municipal.
 

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